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miércoles, 4 de noviembre de 2009

Mapa mundial de los blogueros amenzados, detenidos o asesinados

Se ha presentado un mapa colaborativo en el que se hace el seguimiento a los blogueros detenidos por las autoridades en todo el mundo.



Un proyecto muy interesante para hacer un seguimiento del respeto y evolución de los derechos humanos, y en concreto de la libertad de expresión, en internet.

Se puede colaborar introduciendo los datos de nuevos blogueros amenzados, detenidos y encarcelados o asesinados si se tienen noticias.

 A día de hoy se cuentan 177 blogueros en todo el mundo en una lista encabezada por China, Egipto e Irán.

Más información:


jueves, 15 de octubre de 2009

Nace la Asociación Derecho en Red


Tras unos meses de trabajo y mucha ilusión, hoy sale a la luz Derecho en Red, un espacio colaborativo en formato de wiki para la difusión del Derecho, especialmente de los aspectos legales implicados en el uso de la Informática y las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Detrás de esta iniciativa estamos David Maeztu, Iban Díez, Javier Prenafeta, Miguel Ángel Mata, Sergio Carrasco, Jorge Campanillas, Samuel Parra y Andy Ramos, aunque pretendemos que se sumen todos aquellos que estén interesados en compartir su conocimiento con Internet.

Comenzamos con una Guía Legal para bloggers y podcasters, donde indicamos los principales puntos que deben conocerse desde un punto de vista legal y los riesgos asociados a estas actividades. Asimismo, hemos comenzado por abordar los aspectos relativos a la propiedad intelectual, incluyendo una Ley de Propiedad Intelectual española comentada, así como sobre protección de datos de carácter personal, que entre todos iremos completando y ampliando.

Paralelamente, se han creado dos listas de correo para las áreas anteriores, propiedad-intelectual-der@googlegroups.com y proteccion-de-datos-der@googlegroups.com, con la idea de fomentar el debate entre cualquier persona interesada.

Nuestro propósito es acercar determinadas cuestiones jurídicas a la sociedad, ofrecer respuestas a dichos conceptos y facilitar su comprensión, todo ello para mejorar el desarrollo de la Sociedad de la Información entre todos. Somos conscientes de que hay muchos puntos de vista implicados, cuestiones controvertidas, dudas y lagunas, por lo que no podemos hacer esto solos. Sirva esto, por tanto, de invitación a todo jurista o especialista en estas materias para que se una a esta iniciativa y contribuya a este espacio, así que quien esté interesado puede dirigirse a nosotros a través de la dirección info@derechoenred.org y participar en las listas de correo.

Confiamos sea de su interés.

martes, 6 de octubre de 2009

La FTC y la publicidad (encubierta) en los blogs

La Federal Trade Commision, o FTC, ha revisado la guia que mantiene sobre la inclusión de "avales" y testimonios en la publicidad que incluye algunas especificaciones sobre los post de los blogs que tienen en su origen.

Ya comenté la primera versión de la iniciativa en otro artículo, si bien ahora se han aclarado ciertas cuestiones relativas a los blogs que pueden ser de interés, sobre todo en la especificación de supuestos que puedan sujetar a los blogueros a las sanciones de la FTC o de los supuestos en los que no se incluiría dentro del ámbito de aplicación de las directrices la actuación del bloguero.

Así se aclara, frente a lo que parecía en un primer momento que el hecho de que en un blog se hable bien de un producto no quiere decir automaticamente que el blog se vea sometido a las obligaciones impuestas por la FTC para la publicidad en linea.

Se reconocen actividades como los de los blogs especializados en crítica cinematográfica, que por el hecho de recibir invitaciones o acceso a las películas no quiere decir que la empresa pague la publicidad sino que simplemente se busca un feedback sobre el producto, considerando que depende del valor de lo que el blgouero obtiene la sujección a las normas referidas. Si es un objeto de gran valor, como un coche, el bloguero se verá condicionado a hablar bien, no así si lo que se le envía a efectos de analisis tiene un valor testimonial.

El hecho de que un bloguero que reciba una cantidad de dinero por escribir un artículo y no lo aclare en el mismo puede recibir una sanción de hasta 11.00 dólares.

La blogosfera americana está planteando interesantes cuestiones acerca de estas nuevas directrices de la FTC.

Más información:

Artículos sobre la cuestión:
- Tomsguide
- Associated Press

martes, 26 de mayo de 2009

Catálogo de blogs de contenido jurídico

Impresionante recopilación de blogs con contenido jurídico en internet. Muy recomendable para aquellos que se incian en el mundo del derecho y de los blogs y tienen interés por conocer fuentes de información sobre el derecho en internet.

Sin mas, sumarme a la solicitud de los responsables del sitio para que se incluyan aquellos que falten mediante un mail a encuentrobb09@gmail.com

En España se cuentan 26 por 28 de Argentina, por ejemplo, así que seguro que alguno no se ha apuntado todavía...

Más información:

Catálogo de Blawgs

miércoles, 11 de marzo de 2009

El registro de blogueros en Italia

Se anuncia la campaña Free Blogger, para solidariarse contra la propuesta de regulación de los blogs en Italia, según una de las proposiciones de ley que adoptó el senado italiano hace un mes y que contempla la posiblidad de exigir a los blogueros a que se inscriban en un registro controlado por el gobierno así como el bloqueo por los ISP.

Si bien en el pasado ya se denunciaron problemas relativos a la libertad de expresión en los blogs, en Italia, lo cierto es que estas medidas se han adoptado tras conocerse la utilización que ciertos grupos mafiosos hacían de las redes sociales para coordinar o justificar sus acciones.

Al parecer, según la nota de Boing Boing, se trata no sólo de llevara delante la idea del registro de blogueros sino de incluso obligar a los ISP a bloquear un sitio a petición del Ministerio del Interior, por crimenes de opinión, esto es incluso justificar la comisión de un delito.

El bloqueo del sitio se realizaría sin mediar interención judicial alguna, lo que deja en manos del ejecutivo el control de uno de los pocos medios libres (ajenos al gobierno y en concreto a Berlusconi).

Seguiré localizando más información sobre este tema que tan cercano nos puede parecer, porque al final parece que nuestro legislador gusta de tomar ideas de nuestros vecinos, puesto que si bien es cierto que las noticias son preocupantes, la verdad es que la última movilización promovida desde Italia tampoco parecía tan exagerada, teniendo en cuenta que lo que se pretendía era un registro de los blogs que realizasen una actividad económica, algo de todo punto razonable y obligatorio en España por evidentes razones fiscales.

Más Información:

Mangas Verdes
Boing Boing
Free Blogger initiative

lunes, 12 de enero de 2009

El ISBN y los blogs como tablones de anuncios

Interesante entrada de Jorge Campanillas en la que nos acerca un Real Decreto publicado hoy en desarrollo de la Ley del Libro, sobre la no inclusión de los blogs en el ISBN.

Acertadamente llama la atención Jorge sobre la consideración de los blogs como tablones de anuncios, y propone que tal vez fuese mejor la consideración de recursos continuados, entendidos como sitios web que se actualizan de forma continua.

En cualquier caso, se entienda como se entienda, lo que se refleja es un problema de conceptualización de los blogs, que afecta logicamente al tratamiento jurídico que se le da.

Más información:

Artículo de Jorge Campanillas
Real Decreto (pdf): http://www.boe.es/boe/dias/2009/01/12/pdfs/BOE-A-2009-504.pdf

viernes, 9 de enero de 2009

Caso Eivissa Confidencial: Más de responsabilidad en los blogs

Otro caso de responsabilidad por comentarios y artículos en sitios web el que se está siguiendo en los juzgados de Baleares contra los responsables de la web eivissaconfidencial.com. (Realmente la web se publicó primero en blogspot.com y después en wordpress.com)

La historia es larga, está en catalán pero se entiende y viene de lejos.

El 4 de septiembre de 2006, se presenta una denuncia en los juzgados de Instrucción de Ibiza por un presunto delito de injurias y calumnias por un artículo publicado el 26 de mayo de 2006 (borrado pero visitable en la caché de Google) y otro en enero de 2005.

La querella está promovida, al parecer, por la familia del ex-ministro Abel Matutes.

El juez encargado de la investigación solicita la identificación de varias personas tras el sitio web a partir de las direcciones IP obtenidas.

En julio de 2007 la web eivissaconfidencial.wordpress.com deja de publicarse.

Finalmente son citadas a declarar varias personas en relación con el asunto ante el juzgado de instrucción número 1 de Ibiza.

El exabogado de la Plataforma Antiautopistas y miembro
presidente de la Plataforma "Eivissa pel Canvi", Pep Costa, declara en los juzgados y solicita la nulidad del procedimiento porque no se ha probado la realización de los hechos imputados ni la relación de las personas citadas con los mismos. Eso según la propia web, que vuelve a estar activa, al parecer para contar el desarrollo de la historia.

Según el diario "El mundo" las razones son otras. Por un lado el señor Costa, que figura como imputado en el procedimiento al estar las Ip´s de las conexiones asignadas a su número telefónico, alega que el juez no es imparcial y pide por lo tanto su inhibición.

Así se ha dado traslado a las partes de la solicitud de inhibición para que aleguen lo que estimen oportuno. Las razones para pedir la inhibición se basan en que el juez estaba interesado en conocer a las personas tras el blog dado que se habían vertido comentarios sobre su persona en el mismo en anteriores ocasiones. Si ello fuese así, esto efectivamente pudiera ser causa de inhibición en aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 219.9 y 219.10, aunque la parte debe demostrar adecuadamente estos extremos.

Pero me llama más la atención otra de las solicitudes de inhibición por razón de la competencia territorial, ya que al parecer, según recoge "El Mundo", el imputado pide al juzgado que se inhiba de conocer el asunto porque el mismo correspondería a los juzgados de Salt Lake City, ciudad en la que se encuentra el domicilio de la empresa que registró el dominio Eivissaconfidencial.com, en este caso y según el whois bluehost.com

Argumento éste último muy peculiar y carente de fundamento, pues en internet el lugar de comisión del delito, y por lo tanto de investigación penal, no es allí donde se encuentra la empresa que lo comete supuestamente (y dudo mucho que un proveedor de nombres de domino y hosting domine el catalán y mucho menos conozca intimidades políticas de Ibiza) sino el lugar dónde se tiene conocimiento de los hechos, en aplicación del artículo 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

"Cuando no conste el lugar en que se haya cometido una falta o delito serán Jueces y Tribunales competentes en su caso para conocer de la causa o juicio:
  1. El del término municipal, partido o circunscripción en que se hayan descubierto pruebas materiales del delito.

  2. El del término municipal, partido o circunscripción en que el presunto reo haya sido aprehendido.

  3. El de la residencia del reo presunto.

  4. Cualquiera que hubiese tenido noticia del delito.

Los tribunales españoles, con buen criterio, vienen interpretando que en internet no siempre es posible conocer el lugar de comisión del delito, por ejemplo porque no figuren los datos identificativos de la persona responsable (obligaciones de información, artículo 10 de la LSSICE), y se opta por admitir la competencia territorial en base al referido artículo 15, por lo que dificilmente la inhibitoria prosperará.

En el argumento hay algo de mala fe, ya que en última instancia el juzgado requerirá al registrante para que identifique al comprador del dominio y será el domicilio de este último el que determinaría la jurisdicción y no el de la empresa registrante.

Y como adición, los artículos objeto de la querella se publicaron bajo wordpress.com, por lo que nada tendría que ver ese dominio.

En cualquier caso esto abre una vía interesante de estudio para el amigo Jorge sobre la (posible) responsabilidad del registrante.

Más información:
Eivissaconfidencial.com
Noticia del diario "El Mundo"

viernes, 26 de diciembre de 2008

Vietnam regula de qué se puede hablar en los blogs

El gobierno de Vietnam, según informa associated press, en vista del auge de los blogs en el país como forma de obtener información y opinar sobre el estado del país, ha decidido establecer un criterio de control muy original.

Según la noticia, se desarrolla una nueva ley en la que se establecen determinadas materias sobre las que está vetado escribir en los blogs de los autores del país.

Como en cualquier país donde estas medidas son habituales, los términos al parecer son lo bastante "ambiguos" para que uno no sepa a ciencia cierta si está dentro de lo permitido o no, y dejar que intervenga el juez o la autoridad competente para valorar la conducta, con la posibilidad de introducir arbitrariedades en función de los intereses del momento, así la nueva regulación prohíbe que se posteen informaciones que puedan afectar a la seguridad nacional, incitar a la violencia o al crimen, descubrir secretos de estado, o incluir información inexacta que pueda producir daños a las personas u organizaciones.

La nueva ley obliga a las empresas que prestan plataformas para los blogueros que informen cada seis meses y proporcionen información según le sea requerida. Aemás se les requiere para que prevengan y retiren la información que el gobierno pueda considerar dañina.

La norma también anima a los blogueros a que escriban en un claro y sano vietnamita (se ve que allí también sufren el hoyganismo...)

Más información: La noticia en Associated Press

(Por cierto, no se si poner esta información sin pagar es ilegal, habida cuenta de las condiciones de Associated Press, pero me la voy a jugar...)

jueves, 11 de septiembre de 2008

Derecho de cita en los blogs

Interesante entrada en "Bloguer Law" sobre el derecho de cita en los blogs.

Aunque estaba preparando algo, que en nada anula lo allí recogido, pero que tiene una visión más crítica con el conflicto entre el derecho de cita y el derecho a la libertad de expresión en información, en lo que es un conflicto de normas de rango constitucional.

Sirva como ejemplo de un caso el asunto de Rebelion.org y El País por un artículo en el que se citaban textos del referido diario.

En cualquier caso una útil entrada de Bloguer Law.

lunes, 25 de agosto de 2008

Conclusiones del encuentro "Blogs de Derecho"

Leo con absoluta atención las conclusiones que Gustavo Arballo tras la celebración del primer encuentro de blogs de derecho en castellano.

Su post me parece un documento muy interesante para la reflexión sobre los blogs jurídicos, su utilidad, su sentido y porqué no, un punto de apoyo para la trascendente reflexión sobre su consideración como canal o medio de información, que en algún momento decerá producirse.

Muy recomendable.

"Topografía de los blogs jurídicos"

Recopilo algunas ideas interesantes:

"Los que leemos derecho bebíamos de tres fuentes: Primera, los libros, tratados y manuales. Segunda, los artículos y tercera las notas de prensa, de medios de circulación general o masiva, escritos y no escritos."

"Primera cosa, los blogs no pueden competir de por sí contra ninguno de los tres escenarios. Un lector debería saber que no puede pedirle a un blog que se ponga las ropas de “tratado”: o “paper”; un bloguero debería saber que tampoco puede hacer el ridículo usando esos disfraces. Del mismo modo, un blog tampoco puede trabajar en la lógica del día a día dando noticias de “último momento” como si fuera el diario Clarín."

"Segunda cosa, los blogs están llamados a cubrir un “nicho”, el eslabón perdido que está entre el “paper” y la nota “noticia / flash”. Hablé antes del fallo comentado, un pequeño género que es, en sustancia, un típico "post" antes de que habláramos de blogs. Porque, recordemos: teníamos un ciclo “largo” (el tratado), “medio” (el artículo largo) y “cortísimo” (el diario que al día siguiente usaremos para envolver huevos). El que escribe en nuestros blogs especializados está en un ciclo “corto”, toma un par de ideas que se dejan trabajar en uno o dos tirones, pero tiene en su cabeza el contexto de formación (de tratados y papers) que le sirve para enmarcar técnicamente lo dicho: es un puente."

Enlaces adicionales sobre el evento:

http://nohuboderecho.blogspot.com/2008/08/encuentro-beer-blogs.html
http://iureamicorum.blogspot.com/2008/08/un-xito-la-reunin-de-blawgers-en-buenos.html

jueves, 21 de agosto de 2008

Nuevo blog sobre derecho de los blogs

Un nuevo blog con interesantes entradas centrado también en el análisis de los blogs desde una perspectiva jurídica.

Blog hermano de este, por lo tanto.

Un sitio más a seguir en la blogosfera.

Blogger Law:
Análisis de la Blogsfera desde una perspectiva legal de José Ramón López, responsable también de "iuriscivilis"

Bienvenido.

Encuentro (y teleconferencia) de blogs jurídicos

El, para mí, mejor blog jurídico en castellano "Saber leyes no es saber derecho" invita a seguir el primer encuentro de blogs jurídicos.

El encuentro se desarrollará presencialmente en Argentina, por lo que el horario al otro lado del Atlántico hay que tenerlo en cuenta, a pesar de lo cual una iniciativa muy interesante y recomendable.

domingo, 17 de agosto de 2008

Cierre de una web sobre pokemon

La empresa Nintendo, titulas de varias marcas sobre los famosos juegos para consolas de los personajes "pokemon" ha solicitado a su titular el cierre de una web sobre estos video juegos.

Al parecer la amenaza de iniciar acciones legales contra la web por infracciones de los derechos marcarios y de propiedad intelectual ha pesado para que la página cierre. Por lo que puede verse en la página que informa del cierre, la reclamación de la empresa no viene motivada por que se faciliten descargas u otras actividades ilícitas, sino simplemente por "el uso inconsentido y por tanto ilícito de la marca "POKEMON",asi como de otros derechos de propiedad industrial e intelectual de NINTENDO."

Aunque la misma no es exactamente un blog, queda un poco fuera de la temática de este sitio, hay que considerar el riesgo que en un momento dado puede darse para el ejercicio de la libertad de expresión e información, ya que es posible que la empresa decida a quien permite hablar o a quien no de sus productos y servicios con base en los derechos marcarios.

Pensemos en blogs centrados en opinar y comentar sobre un determinado producto o sobre los servicios concretos de una empresa.

Tras esto está el problema de definir en qué categoría están las webs y los blogs dentro del ejercicio a la libertad de expresión e información.