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miércoles, 4 de noviembre de 2009

Mapa mundial de los blogueros amenzados, detenidos o asesinados

Se ha presentado un mapa colaborativo en el que se hace el seguimiento a los blogueros detenidos por las autoridades en todo el mundo.



Un proyecto muy interesante para hacer un seguimiento del respeto y evolución de los derechos humanos, y en concreto de la libertad de expresión, en internet.

Se puede colaborar introduciendo los datos de nuevos blogueros amenzados, detenidos y encarcelados o asesinados si se tienen noticias.

 A día de hoy se cuentan 177 blogueros en todo el mundo en una lista encabezada por China, Egipto e Irán.

Más información:


lunes, 20 de abril de 2009

Liberado el bloguer coreano acusado de desestabilizar los mercados

Ya comenté la noticia de Park-Dae Sung, un bloguer coreano cuyas acertadas predicciones económicas le habían enfrentado con el gobierno de Corea del Sur, y este había decidido encerrarle por supuestamente desestabilizar los mercados ya que había informado sobre movimientos del Banco Cenntral coreano.

Finalmente el juez ha desestimado los cargos dado que la información que proporcionaba en su blog era veraz y que el autor no escribía con ánimo de hacer daño al interés público.

El fallo lógico si tenemos en cuenta que este joven se limitaba a publicar información de las actividades del gobierno y a explicar a quienes no tenían los conocimientos el significado de esas acciones económicas.

Más información:

Wall Street Journal (inglés)

jueves, 12 de febrero de 2009

Otra bloguera (y concejala) condenada por los comentarios de terceros en su blog

Se suceden las noticias relacionadas con las demandas y querellas por lesiones al honor de los representantes políticos en blogs de otros representantes políticos.

Según aparece publicado en el diario "El País", una concejala de CiU ha sido condenada por una falta de injurias contra Ana Vega y varios otros concejales del Partido Popular del ayuntamiento de Malgrat del Maresme.

Al parecer durante sus vacaciones, la concejala Neus Serra dejó sin moderar los comentarios y en los mismos se vertieron expresiones que los tribunales haan considerado injuriosas.

Finalmente la responsable del blog ha sido condenda por la Audiencia Provincial de Barcelona, y deberá publicar la sentencia en su blog.

Espero conseguirla para poder valorarla más adecuadamente que mediante una simple nota de prensa.

Así que ya sabeis blogueros, si os vais de vacaciones deshabilitar los comentarios, esto se está convirtiendo en una profesión de riesgo.

Más información.

Blog condenado (en catalán)
Noticia de "El País"

martes, 13 de enero de 2009

Se acumulan las demandas al periodista y bloguero de Modus Tolens

No sólo una sino que ya son dos las demandas que se acumulan contra el periodista y bloguero responsable del blog Modus Tolens, como él mismo me informa en los comentarios.

Los argumentos son los mismos, estamos ante una demanda de conciliación, no siendo la querella como tal, al igual que en la ocasión anterior, y por lo tanto queda a la libertad del demandado el reconocer los hechos y acceder a lo pedido de contrario o no.

La petición la realiza el presidente del Aeropuerto de Ciudad Real, que se siente injuriado y calumniado por varios comentarios realizados por usuarios anónimos en el blog.

Una cosa que me llama la atención en ambos supuestos es que en ningún momento se pide que se identifiquen a los responsables de las expresiones que pueden ser constituivas de delito, sino que directamente pretenden establecer la responsabilidad de bloguer, cuando lo lógico en un acto de conciliación sería requerir al responsable del sitio web que identifique a quienes han escrito los comentarios y de que en el caso de no hacerlo, por no poder o no querer, entonces él asumiría las responsabilidades.

Hay que tener en cuenta que nuestro Código Penal establece la resposabilidad excluyente y vertical para estos supuestos, por lo que en primer lugar es necesario tratar de averiguar quien es el responsable de los comentarios, al contrario de lo que sucede en el orden civil donde por aplicación de la Ley de Prensa la responsabilidad es directa y solidaria, puediendo demandarse a cualquiera.

Estamos una vez más ante la imputación directa de los hechos al autor del blog, que no necesariamente es el autor de los comentarios, y aunque los tribunales están fallando imputando al bloguer por la aplicación del Código Penal, lo cierto es que se debería en un primer momento solicitar al juzgado que trate de identificar al responsable de los comentarios, por que sino lo que parece es que lo que molestan son los artículos más que las intervenciones de los lectores.

Además se estaría falseando el régimen de responsabilidad del artículo 30 del Código Penal que obliga, al menos, a investigar para tratar de localizar al responsable de las palabras y, en el caso de no localizarlo, se imputa entonces al responsable del medio.

Pasar de esa fase de averiguación podría resultar en una vulneración de lo preceptuado en el Código Penal.

Más información:

Artículo del blog
Páginas de la demanda 1, 2, 3 y 4 (jpg)

[Actualización] Como dice el propio autor, no hay dos sin tres, así que una nueva demanda con los mismos fundamentos, esta vez de parte del Presidente del Balonmano Ciudad Real. Casi me da miedo publicar esto porque cada vez que le doy al botón a este chico le llega una demanda...

[Actualización 2] Nota de prensa de los abogados de la defensa Javier de la Cueva y David Bravo

Bloguer arrestado por desestabilizar los mercados

El bloguer Park Dae-sung, muy leído y conocido en Corea del Sur, fue arrestado el pasado 7 de enero acusado de que su blog afecta a los mercados y la credibilidad de la nación.

Park se enfrenta a una pena de prisión de 5 años y una multa de 27.000 €uros.

El bloguer, conocido como Minerva, difundió información acerca de la negativa de varias entidades financieras de Corea del Sur de comprar dolares, por mediación de representantes politicos, con el fin de mantener el valor del Won (la moneda local surcoreana).

Al parecer el bloguer, licenciado en económicas y habiendo trabajado en Wall Street, ha dedicado buena de parte de su tiempo en denunciar algunas prácticas nocivas en los últimos años y que en parte han conducido a esta situación de crisis finaciera y económica, algo así como el Santiago Niño Becerra de Corea del Sur.

Entre otros aciertos predijo la caída de Lehman Brothers una semana antes de que se hiciese pública, así como la crisis financiera global.

El Ministro de Finanzas dijo que los post de Minerva podrían depreciar el valor de la moneda local frente al dolar y agravar los efectos de la crisis, al tener que aumentar los recursos destinados a salir de la misma.

Estas mismas autoridades están investigando si el bloguer obtuvo beneficios por difundir esa información.

Sin embargo un parlamentario coreano ha declarado que Minerva no mentía y que es verdad que el gobierno había mantenido reuniones con las principales institucioens financieras del país para evitar que comprasen dolares y mantener alta la cotización del won.

Lo que significaría que quien ha mentido para falsear los mercados es el propio ministro, que es quien debería ser enjuiciado.

Y es que esto de la crisis internacional, con base en la credibilidad de los mercados, lleva camino de convertirse en una dictadura mundial, donde cualquier información, por real o veraz que sea, tiene que estar destinada a generar confianza, de lo contrario la persona responsable deberá atenerse a las consecuencias.

En España existe un delito de contra el mercado, artículo 284, que podría ser invocado en un supuesto parecido, si se demostrase que la voluntad del bloguer no es informar sino alterar los precios:

"Se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses, a los que, difundiendo noticias falsas, empleando violencia, amenaza o engaño, o utilizando información privilegiada, intentaren alterar los precios que habrían de resultar de la libre concurrencia de productos, mercancías, títulos valores, servicios o cualesquiera otras cosas muebles o inmuebles que sean objeto de contratación, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponderles por otros delitos cometidos."

Por el momento no creo que a nadie se le ocurra invocarlo, pero nunca se sabe.

Más información:
Historia completa en koreatimes.co.kr
Declaraciones del Parlamentario
Sitio web donde publicaba sus comentarios (en coreano)

viernes, 9 de enero de 2009

Caso Eivissa Confidencial: Más de responsabilidad en los blogs

Otro caso de responsabilidad por comentarios y artículos en sitios web el que se está siguiendo en los juzgados de Baleares contra los responsables de la web eivissaconfidencial.com. (Realmente la web se publicó primero en blogspot.com y después en wordpress.com)

La historia es larga, está en catalán pero se entiende y viene de lejos.

El 4 de septiembre de 2006, se presenta una denuncia en los juzgados de Instrucción de Ibiza por un presunto delito de injurias y calumnias por un artículo publicado el 26 de mayo de 2006 (borrado pero visitable en la caché de Google) y otro en enero de 2005.

La querella está promovida, al parecer, por la familia del ex-ministro Abel Matutes.

El juez encargado de la investigación solicita la identificación de varias personas tras el sitio web a partir de las direcciones IP obtenidas.

En julio de 2007 la web eivissaconfidencial.wordpress.com deja de publicarse.

Finalmente son citadas a declarar varias personas en relación con el asunto ante el juzgado de instrucción número 1 de Ibiza.

El exabogado de la Plataforma Antiautopistas y miembro
presidente de la Plataforma "Eivissa pel Canvi", Pep Costa, declara en los juzgados y solicita la nulidad del procedimiento porque no se ha probado la realización de los hechos imputados ni la relación de las personas citadas con los mismos. Eso según la propia web, que vuelve a estar activa, al parecer para contar el desarrollo de la historia.

Según el diario "El mundo" las razones son otras. Por un lado el señor Costa, que figura como imputado en el procedimiento al estar las Ip´s de las conexiones asignadas a su número telefónico, alega que el juez no es imparcial y pide por lo tanto su inhibición.

Así se ha dado traslado a las partes de la solicitud de inhibición para que aleguen lo que estimen oportuno. Las razones para pedir la inhibición se basan en que el juez estaba interesado en conocer a las personas tras el blog dado que se habían vertido comentarios sobre su persona en el mismo en anteriores ocasiones. Si ello fuese así, esto efectivamente pudiera ser causa de inhibición en aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 219.9 y 219.10, aunque la parte debe demostrar adecuadamente estos extremos.

Pero me llama más la atención otra de las solicitudes de inhibición por razón de la competencia territorial, ya que al parecer, según recoge "El Mundo", el imputado pide al juzgado que se inhiba de conocer el asunto porque el mismo correspondería a los juzgados de Salt Lake City, ciudad en la que se encuentra el domicilio de la empresa que registró el dominio Eivissaconfidencial.com, en este caso y según el whois bluehost.com

Argumento éste último muy peculiar y carente de fundamento, pues en internet el lugar de comisión del delito, y por lo tanto de investigación penal, no es allí donde se encuentra la empresa que lo comete supuestamente (y dudo mucho que un proveedor de nombres de domino y hosting domine el catalán y mucho menos conozca intimidades políticas de Ibiza) sino el lugar dónde se tiene conocimiento de los hechos, en aplicación del artículo 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

"Cuando no conste el lugar en que se haya cometido una falta o delito serán Jueces y Tribunales competentes en su caso para conocer de la causa o juicio:
  1. El del término municipal, partido o circunscripción en que se hayan descubierto pruebas materiales del delito.

  2. El del término municipal, partido o circunscripción en que el presunto reo haya sido aprehendido.

  3. El de la residencia del reo presunto.

  4. Cualquiera que hubiese tenido noticia del delito.

Los tribunales españoles, con buen criterio, vienen interpretando que en internet no siempre es posible conocer el lugar de comisión del delito, por ejemplo porque no figuren los datos identificativos de la persona responsable (obligaciones de información, artículo 10 de la LSSICE), y se opta por admitir la competencia territorial en base al referido artículo 15, por lo que dificilmente la inhibitoria prosperará.

En el argumento hay algo de mala fe, ya que en última instancia el juzgado requerirá al registrante para que identifique al comprador del dominio y será el domicilio de este último el que determinaría la jurisdicción y no el de la empresa registrante.

Y como adición, los artículos objeto de la querella se publicaron bajo wordpress.com, por lo que nada tendría que ver ese dominio.

En cualquier caso esto abre una vía interesante de estudio para el amigo Jorge sobre la (posible) responsabilidad del registrante.

Más información:
Eivissaconfidencial.com
Noticia del diario "El Mundo"

jueves, 8 de enero de 2009

Más demandas por los comentarios a bloggers

Empieza el año casi como terminó, con demandas a los bloggers por los comentarios aparecidos al pie de los artículos.

En este caso se trata de un periodista que, además, fue despedido de un diario al parecer también relacionado con la publicación de algunas opiniones en el mismo blog, y es su ex-jefa quien le imputa un delito de injurias y calumnias.

En este caso la intervención judicial se realiza para una conciliación en la sede del juzgado. No es un juicio en sí, sino un acto para poner de acuerdo a las partes sobre los hechos y evitar el procedimiento propiamente dicho.

En el caso de no haber acuerdo, si habría un juicio penal, pero de entrada a lo único a lo que se enfrenta el bloguer es a llegar un acuerdo previo pago de la cantidad solicitada.

La verdad es que la denuncia no es muy clara ni los términos muy injuriosos en mi opinión, pero bueno, nunca se sabe.

Lo cierto es que cada vez va a ser más habitual ver demandas de este tipo, y se hace más palpable la necesidad de clarificar la situación de la responsabilidad en los blogs, dado que se tienen las mismas obligaciones que los medios tradicionales y se duda de que tengan las ventajas.

Más información: Modus Tolens