Se acumulan las demandas al periodista y bloguero de Modus Tolens
No sólo una sino que ya son dos las demandas que se acumulan contra el periodista y bloguero responsable del blog Modus Tolens, como él mismo me informa en los comentarios.
Los argumentos son los mismos, estamos ante una demanda de conciliación, no siendo la querella como tal, al igual que en la ocasión anterior, y por lo tanto queda a la libertad del demandado el reconocer los hechos y acceder a lo pedido de contrario o no.
La petición la realiza el presidente del Aeropuerto de Ciudad Real, que se siente injuriado y calumniado por varios comentarios realizados por usuarios anónimos en el blog.
Una cosa que me llama la atención en ambos supuestos es que en ningún momento se pide que se identifiquen a los responsables de las expresiones que pueden ser constituivas de delito, sino que directamente pretenden establecer la responsabilidad de bloguer, cuando lo lógico en un acto de conciliación sería requerir al responsable del sitio web que identifique a quienes han escrito los comentarios y de que en el caso de no hacerlo, por no poder o no querer, entonces él asumiría las responsabilidades.
Hay que tener en cuenta que nuestro Código Penal establece la resposabilidad excluyente y vertical para estos supuestos, por lo que en primer lugar es necesario tratar de averiguar quien es el responsable de los comentarios, al contrario de lo que sucede en el orden civil donde por aplicación de la Ley de Prensa la responsabilidad es directa y solidaria, puediendo demandarse a cualquiera.
Estamos una vez más ante la imputación directa de los hechos al autor del blog, que no necesariamente es el autor de los comentarios, y aunque los tribunales están fallando imputando al bloguer por la aplicación del Código Penal, lo cierto es que se debería en un primer momento solicitar al juzgado que trate de identificar al responsable de los comentarios, por que sino lo que parece es que lo que molestan son los artículos más que las intervenciones de los lectores.
Además se estaría falseando el régimen de responsabilidad del artículo 30 del Código Penal que obliga, al menos, a investigar para tratar de localizar al responsable de las palabras y, en el caso de no localizarlo, se imputa entonces al responsable del medio.
Pasar de esa fase de averiguación podría resultar en una vulneración de lo preceptuado en el Código Penal.
Más información:
Artículo del blog
Páginas de la demanda 1, 2, 3 y 4 (jpg)
[Actualización] Como dice el propio autor, no hay dos sin tres, así que una nueva demanda con los mismos fundamentos, esta vez de parte del Presidente del Balonmano Ciudad Real. Casi me da miedo publicar esto porque cada vez que le doy al botón a este chico le llega una demanda...
[Actualización 2] Nota de prensa de los abogados de la defensa Javier de la Cueva y David Bravo
Los argumentos son los mismos, estamos ante una demanda de conciliación, no siendo la querella como tal, al igual que en la ocasión anterior, y por lo tanto queda a la libertad del demandado el reconocer los hechos y acceder a lo pedido de contrario o no.
La petición la realiza el presidente del Aeropuerto de Ciudad Real, que se siente injuriado y calumniado por varios comentarios realizados por usuarios anónimos en el blog.
Una cosa que me llama la atención en ambos supuestos es que en ningún momento se pide que se identifiquen a los responsables de las expresiones que pueden ser constituivas de delito, sino que directamente pretenden establecer la responsabilidad de bloguer, cuando lo lógico en un acto de conciliación sería requerir al responsable del sitio web que identifique a quienes han escrito los comentarios y de que en el caso de no hacerlo, por no poder o no querer, entonces él asumiría las responsabilidades.
Hay que tener en cuenta que nuestro Código Penal establece la resposabilidad excluyente y vertical para estos supuestos, por lo que en primer lugar es necesario tratar de averiguar quien es el responsable de los comentarios, al contrario de lo que sucede en el orden civil donde por aplicación de la Ley de Prensa la responsabilidad es directa y solidaria, puediendo demandarse a cualquiera.
Estamos una vez más ante la imputación directa de los hechos al autor del blog, que no necesariamente es el autor de los comentarios, y aunque los tribunales están fallando imputando al bloguer por la aplicación del Código Penal, lo cierto es que se debería en un primer momento solicitar al juzgado que trate de identificar al responsable de los comentarios, por que sino lo que parece es que lo que molestan son los artículos más que las intervenciones de los lectores.
Además se estaría falseando el régimen de responsabilidad del artículo 30 del Código Penal que obliga, al menos, a investigar para tratar de localizar al responsable de las palabras y, en el caso de no localizarlo, se imputa entonces al responsable del medio.
Pasar de esa fase de averiguación podría resultar en una vulneración de lo preceptuado en el Código Penal.
Más información:
Artículo del blog
Páginas de la demanda 1, 2, 3 y 4 (jpg)
[Actualización] Como dice el propio autor, no hay dos sin tres, así que una nueva demanda con los mismos fundamentos, esta vez de parte del Presidente del Balonmano Ciudad Real. Casi me da miedo publicar esto porque cada vez que le doy al botón a este chico le llega una demanda...
[Actualización 2] Nota de prensa de los abogados de la defensa Javier de la Cueva y David Bravo
4 comentarios:
Muchas gracias, David, a ver cómo acaba esto...
Un abrazo
Totalmente de acuerdo. Condenar al administrador sin haber intentado averiguar quien es el autor del comentario injurioso me parece un abuso del derecho penal impropio de un estado de derecho.
Y como no hay dos sin tres: http://ottoreuss.blogspot.com/2009/01/injurias-y-calumnias-3.html
Os dejo por aquí la nota de prensa de mis abogados: http://ottoreuss.blogspot.com/2009/01/exigen-18000-euros-periodista-por.html
Un abrazo y mil gracias por todo
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