tag:blogger.com,1999:blog-5799667516276614107.post3446724855925238984..comments2023-05-13T17:52:38.699+02:00Comments on Derecho de los blogs: Los blogueros como prestadores de servicios y su responsabilidad por los comentariosDavid Maeztuhttp://www.blogger.com/profile/08078960561016359141noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-5799667516276614107.post-84250623869213533572009-07-16T03:34:03.997+02:002009-07-16T03:34:03.997+02:00El ejercicio de una actividad económica manifestad...El ejercicio de una actividad económica manifestada en la inclusión de publicidad en los blogs convierte a los mismos en prestadores de la sociedad de la información. La aplicación del régimen de exclusión de la responsabilidad dispuesto en el artículo 16 de la LSSI, como prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos procedentes de comentarios de terceros, viene impuesto por la asunción de un mayor grado en las obligaciones legales exigidas.<br /><br />Aunque comparto, en cierta manera, tú reflexión, a mi juicio, el problema no se encuentra en la LSSI sino en las decisiones judiciales que deberían aplicar analógicamente este precepto a todos los blogs o foros, con independencia de si ejercen o no una actividad económica y no la ley de prensa. <br /><br />Aunque sí es cierto que para evitar estas situaciones, debería abogarse, al menos, por una modificación de la LSSI. Un saludo.bloguerlawhttp://bloguerlaw.blogspot.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5799667516276614107.post-54286176821485248212009-07-15T19:10:22.555+02:002009-07-15T19:10:22.555+02:00David, me parece un poco "egoísta" por t...David, me parece un poco "egoísta" por tu parte el calificar de error el hecho de que se asimile la responsabilidad de los administradores de foros, blogs o wikis a los de hosting, solo por el hecho de que los blogs sin publicidad lo puedan tener más dificil para acogerse a la LSSI. Ya analicé el tema de los "servicios de almacenamiento de datos" en los comentarios de otra entrada tuya anterior y me alegro que esta sentencia confirme lo que decía:<br /><br />http://derechoynormas.blogspot.com/2008/11/lssice-y-comentarios-en-foros-sentencia.html<br /><br />Aun así coincido en que no es justo que los blogs sin actividad económica queden más desprotegidos, pero por otro lado en el 99% de los casos los blogs sin publicidad tienen una actividad baja que permite controlar fácilmente los comentarios. Además, junto con los "derechos" también vienen las "obligaciones", como la que exige identificar con nombre y dirección al prestador de servicios, y sospecho que esa exigencia no agradaría a muchos bloggers (precisamente muchos de los que no ponen publicidad lo hacen para que no se les aplique la LSSI y no tengan que identificarse).<br /><br />Un saludoUnknownhttps://www.blogger.com/profile/04608911084189543923noreply@blogger.com